La
Librería de El Sueño Igualitario
Un libro, muy serio, desde Comares
que analiza la historia de la negociación colectiva en España entre 1850 y el
2012 desde la pluma de Ángeles Barrio.
En estos días hablar y reflexionar sobre “negociación colectiva”, ya casi es como si “no pegara” porque hoy ya
casi no existe, tal como fue concebida, esto de la “negociación colectiva”, ya
que los sindicatos ya no son lo que eran…ni reivindican, ni son parte del
tejido ciudadano , ni parte de las necesidades de los trabajadores y
trabajadoras…Si vamos a visitar, en este tema, a los partidos, ni mucho menos …estos , los
partidos políticos más “tradicionales” , ya hace años que están subidos en la
espiral del neoliberalismo y los empresarios(la patronal) , el poder económico
y fáctico sigue siendo lo mismo, pero casi nunca para bien….pero hace muchos
años atrás…si realizamos un ejercicio de pretérito veremos cómo y de qué manera
era necesario que la gente se sentase
a hablar y a negociar los derechos y
deberes de trabajadores y patronal…hubo unos años en que sí existía, como más
de veras, la “negociación colectiva” entre el colectivo de trabajadores y la
patronal con los sindicatos de por medio y los políticos sobrevolando…
Diría que, hoy por hoy ,se ha dado la vuelta casi por
completo y casi volvemos a estar en el
principio…reivindicando una verdadera negociación y no las “fantasmadas” de hoy
en día…cuando los sindicatos pierden tanta credibilidad es difícil de entender
lo de “negociación colectiva”…pero eso no quita que sí hay una historia, y
apasionante, de la “negociación colectiva”….muy digna y a tener en cuanta y de
la que, muy posiblemente, deberíamos aprender….porque de la historia siempre
deberíamos ir aprendiendo…
La “negociación colectiva” debería ser una historia
cargada de razón, pero también de derecho y de hecho, de alguna manera, lo ha
sido y esto es lo que recoge el estudio, muy bueno y aconsejable que nos depara
la lectura del libro de la historiadora Ángeles Barrio Alonso. Ella dirige su
mirada hacia la horquilla de tiempo que va de 1850 al 2012 con todo lo que
entre trabajadores, trabajadoras y patronal se fue desgranando…este libro
describe y nos explica esta historia…deberíamos saber leerlo y saber tomar
buena nota, no nos iría nada mal…
Aquello que dice la editorial sobre el libro:
El proceso para la institucionalización de
la negociación colectiva en España, que fue muy largo y problemático, va en
paralelo a las tentativas de democratización del sistema político y corrió, en
ese sentido, su misma suerte. Desde los primeros años del siglo XX no faltó la
voluntad política para establecer los cauces jurídicos propios del contrato de
trabajo y la negociación colectiva, pero todos los intentos que se llevaron a
cabo por parte de los sucesivos gobiernos de Alfonso XIII, ya en el trámite
preparatorio, ya en el parlamentario, fracasaron. Hasta la Segunda República, y
con el socialista Francisco Largo Caballero al frente del Ministerio de Trabajo,
no fueron aprobadas en el Parlamento las leyes que ofrecían un cauce jurídico
múltiple para la negociación colectiva garantizando, además, con ello, los
derechos sindicales. Años más tarde, en la dictadura de Franco, la negociación
colectiva reapareció bajo la fórmula peculiar que, a falta de libertades y
derechos sindicales, ofrecía la Ley de Convenios Colectivos de 1958. Pero no
fue hasta finales de los años setenta, en plena transición a la democracia, y
legalizadas en mayo de 1977 las centrales sindicales, cuando la concertación
social alcanzó una forma institucionalizada madura, especialmente con los
Pactos de la Moncloa en 1977, el primero y más decisivo en una etapa de grandes
acuerdos que llegó hasta 1985, cuando España ingresó oficialmente en la actual
Unión Europea. Hoy, después de más de treinta años de experiencia
ininterrumpida de pactos y concertación, el diálogo social está roto desde el
momento en que la reforma laboral implantada en febrero de 2012 por el gobierno
de Mariano Rajoy devolviera las relaciones laborales a la época en las que el
patrono era el amo y señor del proceso productivo, al prescindir del convenio
colectivo y su función normativa, dejando en manos del empresario decisiones
que antes eran colectivas, con lo que ello supone de recorte para los derechos
sindicales de representación y participación.
Hacer un recorrido por la historia de la negociación colectiva en España, como
expresión de un acuerdo básico y esencial entre empresarios y trabajadores para
la racionalización de las relaciones laborales, implica la inclusión en el
análisis de otros procesos que convergen en el marco de la institucionalización
del sindicalismo. Los sistemas de relaciones laborales dependen, por lo
general, de complicados equilibrios para llegar al acuerdo, a través de la
regulación, por lo que el papel del Estado es, igualmente, determinante en
ellos, ya que la formalización de los acuerdos entre empresarios y sindicatos
precisa de la legitimidad jurídica que le proporciona el Estado. Pero la capacidad
de intervención «tutelar» de los poderes públicos siempre es variable y viene
determinada, en la mayor parte de los casos, por la propia dinámica de las
relaciones laborales marcada, a su vez, por el grado de autonomía, o de
dependencia, que con respecto del Estado establecen sindicatos y organizaciones
patronales. En España el marco institucional de las relaciones laborales es
tradicionalmente rígido y está condicionado por la presión de un excedente
estructural del factor trabajo, un bajo nivel de renta de los trabajadores y la
herencia de una débil industrialización, con grandes irregularidades en el
mercado de trabajo y cierta segmentación entre especialistas y trabajadores no
cualificados. Las relaciones laborales responden a lo que en Sociología del
Trabajo se denomina modelo corporativo, es decir, con fuerte presencia del
Estado, que ejerce así su función no sólo normativa, sino también arbitral y de
control.
La autora, Ángeles Barrio:
Esta gijonesa es
catedrática de Historia Contemporánea en la Universidad de Cantabria, siendo y
habiéndose especializado en Historia del Anarquismo, los movimientos
sindicales, las relaciones laborales y las culturas políticas del obrerismo. Es
autora, entre otros libros, de : Anarquismo y anarcosindicalismo en Asturias
1890-1936, El sueño de la democracia
industrial. Sindicalismo y democracia en España 1917-1923 y La modernización de
España. Política y Sociedad 1917-1939 y es coautora de El reinado de Alfonso
XIII y editora de La crisis del régimen liberal 1917-1923, de Ayer en su nº23 y
coeditora de Provincia, región y nación en la España contemporánea y de Nuevos
Horizontes del pasado: culturas políticas, identidades y formas de
representación.
En
esta ocasión, más que una conversación la autora nos hacía unos comentarios
sobre el libro y sobre lo que éste nos va contando y desgranando: “En primer lugar, una de las “afirmaciones” de Por la
razón y el derecho, es la “historicidad” de la negociación colectiva. La
negociación colectiva –en sentido genérico, como pacto o acuerdo entre partes
que representan al empresario y al trabajador, con o sin la presencia del poder
público- no es una figura jurídica de los años 50s –la famosa ley de convenios
colectivos de 1958 del franquismo-, sino un fenómeno mucho más antiguo que
acompaña, cuando menos, toda la trayectoria del movimiento obrero y del
movimiento sindical”. Nos explica,
también, qué es la “negociación colectiva” y qué evolución ha venido tomando con los
tiempos: “La negociación colectiva, en sus diferentes variantes
es un fenómeno, como decimos ahora, transnacional, cuyos referentes son los
trabajadores –o sus representantes, los sindicatos- y los empresarios –o sus
representantes-, que son sus protagonistas, que se desarrolla en un
escenario que no es otro que el de las relaciones laborales –ya sea en la
industria, la agricultura o los servicios-, y que tiene como objetivo el
acuerdo o la negociación para establecer el precio del trabajo (y por
añadidura, sus condiciones, etc.)… Este propósito de “negociar” de forma colectiva –y no
individual- el precio del trabajo no responde a un patrón homogéneo, sino que
adquiere connotaciones históricas concretas en cada país, pasa por fases
diferentes de evolución, y su proceso de institucionalización no es en absoluto
independiente del sistema político, del desarrollo económico de cada país, de
las tradiciones sindicales, del grado de presión que puedan ejercer las
organizaciones sindicales y patronales, etc. Por tanto, en el libro se
reivindica la introducción de la variable histórica, como variable
significativa para el análisis de la negociación colectiva, y no como una mera
referencia “erudita” o una fase antecesora de las situaciones actuales, que es
el planteamiento más extendido entre los expertos en derecho laboral,
sociólogos industriales, economistas y expertos en relaciones laborales”.
Pasamos, también a hablar sobre los autores que componen la negociación
colectiva y el diálogo social: “Los
actores de la negociación colectiva son siempre los sindicatos –como representantes
“legítimos” de los trabajadores, un derecho de representación muy duro de
conquistar-, y los empresarios. Si en la negociación colectiva está presente el
Estado –o, en general, los representantes de los poderes públicos-, es evidente
que se ha optado por una formula “corporativa” de negociación, que utiliza al
Estado, o mejor, la figura del Estado, en su calidad de “fuente de derechos”,
para reforzar la legitimidad de la negociación (es la fórmula tradicional en
España). Ahora bien, si la negociación colectiva prescinde de la presencia del
Estado –como es habitual en los países de tradición anglosajona-, es decir,
utiliza la fórmula “pluralista”, no sólo no es menos legítima que la
“corporativa”, sino que a menudo resulta más funcional, por el alto grado de
compromiso que parece implicar la presencia de trabajadores y empresarios,
frente a frente, de cara al acuerdo y a la vigencia de éste. Las formas de diálogo social, como las de
negociación colectiva, han evolucionado a lo largo del tiempo, por razones
obvias, adaptándose a nuevas demandas y a nuevas necesidades. Pero en el fondo,
la negociación colectiva o el diálogo social (la concertación social, si se
quiere, en sentido amplio) no ha cambiado sustancialmente, ya que su núcleo
duro es el pacto o el acuerdo, con independencia de las circunstancias
concretas de tiempo o espacio”
Le preguntamos, también, sobre los problemas que se plantean a la hora y en
relación al acuerdo o pacto sobre la negociación colectiva y es que nosotros incidimos
mucho sobre el papel, sobretodo, de los sindicatos y de la deriva que este
colectivo ha ido tomando: “Uno de los
problemas que se plantean en relación al acuerdo o pacto que orienta la
negociación colectiva es el de la “legitimidad” de la representación –tanto de
la parte obrera, como de la patronal-, y los límites de esa representación. En
primer lugar, la conquista del derecho de los sindicatos a la representación
fue un proceso, en general, largo y problemático (en España más largo y
problemático que en otros países del entorno), que pasaba por el reconocimiento
jurídico del sindicato –como sujeto de derechos colectivos y no individuales- y
su derecho a participar –como representante de los trabajadores- en el proceso
de acuerdo o pacto que subyace a la negociación colectiva. Pero, en segundo
lugar, la representación sindical para que fuera efectiva y eficiente tenía que
ir acompañada de la legitimidad que le daban los representados, porque sino el
compromiso del pacto era poco fiable. Es decir, que la representación sindical
de cara al acuerdo debía garantizar a los empresarios su cumplimiento por parte
de todos sus representados. Cuando las cúpulas sindicales no representaban los
intereses de las bases el conflicto era inevitable y ponía en peligro el
pacto. La institucionalización de la
negociación colectiva en España fue muy problemática. La baja afiliación
sindical –crónica en nuestro país-, así como la falta de vertebración a escala
nacional, o los acuerdos intersindicales, que siempre
fueron difíciles porque los sindicatos históricos, CNT y UGT, estaban muy
politizados, contribuyeron a justificar la resistencia de los empresarios a
admitir la representación sindical. “
Hace un punto y aparte y añade sobre el papel del empresariado versus los
sindicatos: “El empresariado español siempre se ha manifestado renuente a la acción
sindical, e, incluso, en ocasiones, se ha manifestado claramente
anti-sindicatos (en los años de la Segunda República la hostilidad a las
reformas que se planteaban desde el Ministerio de Trabajo fue un hecho
recurrente). Esas “tradiciones” de relaciones no fluidas entre los agentes de
la negociación colectiva, a pesar de que en los años de la Segunda República se
produjo un avance gigantesco en la legislación social y de trabajo, así como en
los seguros sociales, y de que la concertación social se institucionalizara
definitivamente en los años de la transición a la democracia, parecen haber
arraigado profundamente en nuestro país, a la vista de los acontecimientos
recientes…”
Le preguntamos a Ángeles Barrio sobre cómo los últimos casos de corrupción,
que han afectado a sindicatos y sindicalistas…han podido incidir un poco en
todo ello, refiriéndonos al trabajo de esta historiadora sobre el pálpito de
las negociaciones colectivas porque nosotros le preguntábamos sobre esa falta
de “contacto” entre los sindicatos y sus representantes con los verdaderos
problemas de los trabajadores y trabajadoras. Nos responde y comenta : “Los
sindicatos, antes incluso de los últimos escándalos de corrupción, ya habían
sido de tachados de oportunistas, pero sobre todo de no representar a las
bases, de haber puesto en cuestión, en definitiva, la legitimidad que les
otorgaban sus representados. Sin embargo, los sindicatos han cumplido, y siguen
cumpliendo, una función esencial de la que la sociedad no debería abjurar. Su
legitimidad deriva de su propio pasado, de su protagonismo en la conquista de
derechos que creíamos irrenunciables, y que ahora vemos en peligro. Y más aún
si las cúpulas de las organizaciones patronales, como se ha demostrado
últimamente, están directamente afectadas por la corrupción y los escándalos.
Si los dirigentes sindicales no representan a las bases, han de ser las
bases las que cuestionen su liderazgo, las que impugnen sus comportamientos
ineficientes o las que propongan alternativas a su acción. La reforma laboral
del PP de 2012 acabó con la negociación colectiva. En manos de la ciudadanía
está exigir a los sindicatos que la recuperen.”
18146
Por la razón y el derecho. Historia de la negociación
colectiva en España (1580-2012). Ángeles Barrio Alonso
264 páginas
23,00 euros
Comares
El proceso para la institucionalización de la negociación colectiva en España,
que fue muy largo y problemático, va en paralelo a las tentativas de
democratización del sistema político y corrió, en ese sentido, su misma suerte.
Desde los primeros años del siglo XX no faltó la voluntad política para
establecer los cauces jurídicos propios del contrato de trabajo y la
negociación colectiva, pero todos los intentos que se llevaron a cabo por parte
de los sucesivos gobiernos de Alfonso XIII, ya en el trámite preparatorio, ya
en el parlamentario, fracasaron. Hasta la Segunda República, y con el
socialista Francisco Largo Caballero al frente del Ministerio de Trabajo, no
fueron aprobadas en el Parlamento las leyes que ofrecían un cauce jurídico
múltiple para la negociación colectiva garantizando, además, con ello, los
derechos sindicales. Años más tarde, en la dictadura de Franco, la negociación
colectiva reapareció bajo la fórmula peculiar que, a falta de libertades y
derechos sindicales, ofrecía la Ley de Convenios Colectivos de 1958. Pero no
fue hasta finales de los años setenta, en plena transición a la democracia, y
legalizadas en mayo de 1977 las centrales sindicales, cuando la concertación
social alcanzó una forma institucionalizada madura, especialmente con los
Pactos de la Moncloa en 1977, el primero y más decisivo en una etapa de grandes
acuerdos que llegó hasta 1985, cuando España ingresó oficialmente en la actual
Unión Europea. Hoy, después de más de treinta años de experiencia
ininterrumpida de pactos y concertación, el diálogo social está roto desde el
momento en que la reforma laboral implantada en febrero de 2012 por el gobierno
de Mariano Rajoy devolviera las relaciones laborales a la época en las que el
patrono era el amo y señor del proceso productivo, al prescindir del convenio
colectivo y su función normativa, dejando en manos del empresario decisiones
que antes eran colectivas, con lo que ello supone de recorte para los derechos
sindicales de representación y participación.
Hacer un recorrido por la historia de la negociación colectiva en España, como
expresión de un acuerdo básico y esencial entre empresarios y trabajadores para
la racionalización de las relaciones laborales, implica la inclusión en el
análisis de otros procesos que convergen en el marco de la institucionalización
del sindicalismo. Los sistemas de relaciones laborales dependen, por lo
general, de complicados equilibrios para llegar al acuerdo, a través de la
regulación, por lo que el papel del Estado es, igualmente, determinante en
ellos, ya que la formalización de los acuerdos entre empresarios y sindicatos
precisa de la legitimidad jurídica que le proporciona el Estado. Pero la
capacidad de intervención «tutelar» de los poderes públicos siempre es variable
y viene determinada, en la mayor parte de los casos, por la propia dinámica de
las relaciones laborales marcada, a su vez, por el grado de autonomía, o de
dependencia, que con respecto del Estado establecen sindicatos y organizaciones
patronales. En España el marco institucional de las relaciones laborales es
tradicionalmente rígido y está condicionado por la presión de un excedente estructural
del factor trabajo, un bajo nivel de renta de los trabajadores y la herencia de
una débil industrialización, con grandes irregularidades en el mercado de
trabajo y cierta segmentación entre especialistas y trabajadores no
cualificados. Las relaciones laborales responden a lo que en Sociología del
Trabajo se denomina modelo corporativo, es decir, con fuerte presencia del
Estado, que ejerce así su función no sólo normativa, sino también arbitral y de
control.
INTRODUCCIÓN
I. TEORÍA Y MARCO HISTÓRICO PARA LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
1. El concepto de diálogo, concertación social y negociación colectiva
2. La morfología histórica de la concertación social
II. CUESTIÓN SOCIAL, ESTADO, DERECHOS
(1850-1923)
1. El «oprobioso» régimen de salariado: trabajo, salario y condiciones de vida
de los trabajadores
2. El Estado protector y árbitro
3. De los derechos individuales a los colectivos
4. Los sindicatos frente al Estado: derechos y deberes
III. REGULACIÓN Y NORMAS EN LAS
RELACIONES LABORALES (1890-1931)
1. La batalla por el derecho a la representación sindical
2. El sindicato como sujeto jurídico de derechos
3. La regulación del conflicto de trabajo
4. ¿Voluntariedad u obligatoriedad en las relaciones laborales?
IV. EL LARGO CAMINO HACIA LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA (1903-1938)
1. La negociación colectiva como gestión negociada del conflicto
2. La «neurosis» anti-sindicatos de gobiernos y patronales
3. Las dificultades para regular el contrato colectivo de trabajo
4. El cauce múltiple para la negociación colectiva
5. La regulación del contrato de trabajo y de las asociaciones profesionales
V. CORPORATIVISMO VERTICAL Y
NEGOCIACIÓN COLECTIVA (1938-1975)
1. Corporativismo y Fuero del Trabajo
2. Verticalismo y política de trabajo bajo el control del Estado
3. La paradoja del convenio colectivo en el corporativismo vertical
VI. LA CONCERTACIÓN SOCIAL EN EL
CONTRACTUALISMO MODERNO (1975-2012)
1. De la dictadura a la democracia en las relaciones laborales
2. ¿Qué va a pasar con la concertación social?
BIBLIOGRAFÍA
ÍNDICE ONOMÁSTICO
_____________________________________________________________________
LA LIBRERÍA DE CAZARABET - CASA SORO (Turismo cultural)
c/ Santa Lucía, 53
44564 - Mas de las Matas (Teruel)
Tlfs. 978849970 - 686110069